Ministerio de Justicia inicia valoraciones para sacar privados de libertad de cárceles
Documento exige varias condiciones a los convictos para obtener el beneficio.
(CRHoy.com) El Ministerio de Justicia y Paz empezó a realizar valoraciones extraordinarias para determinar la salida de una importante cantidad de privados de libertad que cumplan su condena antes del 31 de diciembre del 2023.
El objetivo de la cartera es determinar cuántos de los reclusos que tengan ese primer requisito pueden optar por un beneficio de pasar al sistema semi institucional, con el cual no es necesario que permanezcan la totalidad de su pena tras las rejas.
La posibilidad se planteó desde la sesión ordinaria 57-2023 celebrada el 18 de julio de 2023, cuando se hizo la solicitud a los directores o directoras de los establecimientos penitenciarios de realizar las gestiones para reducir la población penitenciaria.
Fue el pasado 31 de agosto, mediante la Circular 03-2023 del Instituto Nacional de Criminología (INC) que se planteó ese escenario a los jerarcas de Justicia, la cual fue aprobada el pasado 1 de setiembre por los altos mandos del ministerio, mediante el artículo 56 de la Sesión Ordinaria 070-2023.
El documento, del cual CRHoy.com tiene copia, llamado "Lineamientos para la realización de Valoraciones Extraordinarias a quienes cumplan con descuento antes del 1 de enero de 2025", fue remitido por Carlos Edwin Brenes Quesada, subdirector del INC a las jefaturas de los diferentes centros.
"Valorar los casos de las personas privadas de libertad que cumplen su sentencia aproximadamente con descuento a partir de la fecha de notificación de este acuerdo y hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil veintitrés, con el objetivo de verificar si tienen las condiciones para su ubicación en el Nivel de Atención Seminstitucional", detalla la circular.
Para quienes tengan el requisito de la fecha, pero no califiquen por otros limitantes, la cartera deberá remitir un informe al INC con las justificaciones.
Además, se estableció que para los centros penales con hacinamiento por encima del 20% sobre su capacidad real, deben realizar "un plan remedial indicando la forma para atender esta problemática".
Pese a que se habla de valoraciones para penas que se cumplan antes de que se termine este año, también se tomarían en cuenta a las personas privadas de libertad que cumplan su sentencia de prisión con descuento antes del 1 de enero de 2025.
La circular estableció estas condiciones para poder ejecutar la salida de los reclusos:
- En caso de que la persona adscrita deba descontar otras sentencias de prisión, es necesario acreditar que lo que le resta por cumplir de la sentencia actual, más las sentencias pendientes no suma más de 4 años, sin tomar en cuenta el eventual descuento de la sentencia pendiente.
- Si la persona valorada se encuentra en condición de imputada en una causa penal activa, debe indicarse el delito y acreditarse que en su contra no se ha dictado prisión preventiva, así como que los hechos no fueron cometidos mientras estuvo ubicada en Centros Seminstitucionales o gozando de algún beneficio judicial (Libertad condicional, incidente de enfermedad o con dispositivo de localización electrónica).
El INC tomó la decisión de flexibilizar los requisitos debido a que el Juzgado de Ejecución de la Pena de Alajuela ha presionado para que se ejecuten acciones para bajar la cifra de hacimiento en las cárceles.
"mientras no se desarrolle la infraestructura carcelaria y se asigne el personal policial y técnico, conforme los artículos 33, 40 y siguientes de la Constitución Política, 476 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1, 4, 5 y siguientes de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, se ordena al Instituto Nacional de Criminología el diseño -en el plazo de dos meses- de una fórmula efectiva que asegure el no incremento de la población penal y la erradicación del hacinamiento crítico"
Resolución N° 2021006260
¿Cuáles convictos no podrán salir?
La circular hace un apartado para tomar en cuenta las condiciones que impedirían a un grupo de convictos acogerse a este beneficio de cambio de nivel.
Primero se toma en cuenta como no calificadas para este proceso las personas que tengan pendiente por descontar otra sentencia de prisión, por homicidios o tráfico internacional de drogas, ligados a estructuras de crimen organizado.
Tampoco pueden acogerse a esta salida de los centros a los reos que figuren como imputadas en alguna causa penal activa, por alguno de los siguientes delitos:
Genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, trata de personas; extracción ilícita de órganos, tejidos humanos o fluidos humanos; tráfico ilícito de órganos, tejidos humanos o fluidos humanos; legitimación de capitales, terrorismo, homicidios calificados, delitos que impliquen violencia sexual calificada o contra personas menores de edad; aquellos casos que impliquen violencia intrafamiliar en los que se hubiese atentado contra la vida de la víctima, casos ligados a la criminalidad organizada.
Se consultó al Ministerio de Justicia cuántos privados podrían optar por este beneficio y desde cuándo están haciendo las valoraciones, pero al cierre de esta nota, la solicitud se mantenía en trámite.
De momento indicaron, por medio de un video con declaraciones del ministro Gerald Campos, que vigilarán el proceso para otorgar estos beneficios, según los requisitos que se establecieron.
"Seguimos en la misma línea y no vamos a liberar a nadie sin un procedimiento previo, con evaluaciones que indiquen que la persona es apta y que no pertenece a un grupo de crimen organizado o ha cometido delitos violentos. Esas son las reglas del juego y en ese sentido vamos a seguir", dijo el jerarca.
