Magistrados ratifican que doble femicidio de Kristel y Nahomy en Limón deberá ir a nuevo juicio
La Sala Tercera de Casación ratificó que el doble femicidio de Kristel y Nahomy ocurrido en Limón deberá ir a nuevo juicio.
Los magistrados declararon sin lugar el recurso de casación interpuesto contra la sentencia que anuló la condena de 70 años de prisión, impuesta a los sospechosos de asesinar a las jóvenes Kristel Aguilar y Nahomy Ramírez en febrero de 2023.
La Fiscalía de Limón acudió a Casación el pasado 26 de octubre, luego de que el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Goicoechea invalidó la sentencia dictada contra Leroy Alejandro Venegas Porras y Will Jesús Vanegas Sánchez, ambos señalados por el crimen.
Nahomy, de 22 años, y Kristel, de 21, eran amigas que desaparecieron tras asistir a una fiesta en 2023. Nunca más se supo de ellas ni aparecieron sus cuerpos. Sin embargo, la investigación judicial apuntó a estos dos sujetos como responsables del asesinato.
En febrero del año pasado, tras el primer juicio, el Tribunal Penal de Limón condenó a los sospechosos a 70 años de cárcel, pero como en Costa Rica es límite es de 50 años de prisión, se readecuó la sentencia.
Sin embargo, el 29 de setiembre, tras un recurso de apelación presentado por los abogados defensor, el tribunal superior anuló la sentencia y ordenó la realización de un nuevo juicio.
Mediante el recurso de casación, la Fiscalía intentó revertir esa decisión y confirmar la condena sin tener que acudir de nuevo a debate, pero los magistrados no les dieron razón.
Los argumentos
El Ministerio Público argumentó que el Tribunal de Apelación erró al concluir que los acusados no fueron coautores del delito de homicidio calificado, sino que, a lo sumo, solo favorecieron su comisión. También alegaron que sostiene que dicho tribunal no explicó adecuadamente la forma en que Venegas Porras y Vanegas Sánchez habrían participado como coautores en los homicidios.
A criterio de la Fiscalía, una correcta aplicación de la ley habría permitido concluir que sí actuaron como coautores. La Fiscalía destacó que el propio Tribunal de Apelación dio por acreditada la presencia de ambos en la vivienda de Las Palmeras al momento de los hechos.
Se estableció que Vanegas Sánchez conducía el vehículo Porsche Cayenne que ingresó a la casa y que su teléfono celular fue ubicado en el sitio. En cuanto a Venegas Porras, su propia declaración, así como videos de seguridad y registros de llamadas, confirman su presencia en el lugar.
Para la Fiscalía, el Tribunal de Juicio al inicio sí fundamentó adecuadamente la coautoría, con base en un plan común en el que los aportes individuales de cada participante resultaron esenciales para la comisión del delito.
Asimismo, consideró que los imputados realizaron aportes causales, secuenciales y dirigidos a una finalidad común: dar muerte a las víctimas.
La defensa de Venegas Porras apeló la sentencia alegando una violación al principio in dubio pro reo, debido a una valoración errónea o insuficiente de la prueba, inobservancia de la sana crítica y falta de fundamentación. Sostuvo que su defendido fue un "simple mandadero" y observador, no un coautor, y que el verdadero homicida fue Freddy Luna Valle, quien murió.
También argumentó una errónea aplicación de la ley sustantiva por falta de motivación en cuanto a la alevosía. Cuestionó la credibilidad de los testigos, el peso otorgado a los indicios y la ausencia de los cuerpos de las víctimas.
Por su parte, la defensa de Will Jesús Vanegas Sánchez impugnó la sentencia por insuficiente fundamentación intelectiva. Alegó que la vinculación de su representado con los hechos y con la organización criminal "Los H" se basó en especulaciones y pruebas no corroboradas.
Asimismo, cuestionó la validez de las radiobases utilizadas para ubicarlo en el lugar y denunció una valoración parcial de la prueba. También alegó una errónea fundamentación jurídica y de la pena, así como violaciones al principio de inocencia y a la cadena de custodia.
Ambas defensas solicitaron la anulación de la sentencia y la absolución de sus representados o, de forma subsidiaria, la realización de un nuevo juicio.
El caso
El crimen ocurrió en una vivienda ubicada en barrio Palmeras, en Limón, donde Kristel Patricia Aguilar Ortiz y Nahomy Ramírez Jiménez fueron asesinadas.
Según la acusación, los imputados Venegas, Vanegas, José Freddy Luna Valle (alias "Gringo", fallecido) y otros sujetos no identificados idearon un plan para acabar con la vida de las víctimas.
El 17 de febrero de 2023, Kristel fue contactada telefónicamente y se le solicitó que acudiera acompañada de Nahomy y una tercera mujer.
Alrededor de las 11:00 p.m. de ese día, Venegas Porras trasladó a Abarca Brown y a las dos víctimas desde sus viviendas hasta la casa en barrio Palmeras, a bordo de un vehículo Suzuki Baleno.
Posteriormente, a la 01:45 del 18 de febrero de 2023, Abarca Brown se retiró del lugar tras finalizar el servicio, dejando a Kristel y Nahomy en la vivienda.
En la madrugada, los imputados usaron armas de fuego, dieron muerte a ambas jóvenes, según la Fiscalía. Horas después, los responsables sacaron los cuerpos de la vivienda y los trasladaron a un lugar desconocido con el fin de ocultar evidencia.
La investigación determinó la presencia de rastros de sangre de ambas víctimas en la casa: nueve muestras correspondientes a Nahomy y una a Kristel.
Además, la aplicación de luminol reveló una gran cantidad de sangre, así como patrones de arrastre, huellas plantares y palmares en paredes y pisos, y goteos que sugieren el uso de algún objeto contundente o herramienta.
También se hallaron productos de limpieza en polvo, lo que refuerza la hipótesis de que se intentó alterar la escena.
La teoría policial, sustentada en información confidencial y en el interés de los sospechosos por ubicar a Nahomy, apunta a que el móvil del crimen habría sido una venganza, luego de que la joven presuntamente sustrajera droga, dinero o joyas a un miembro de una organización criminal.








