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Magistrados definen que proyecto para sancionar fraudes piramidales no afecta al Poder Judicial

Por Daniel Córdoba | 24 de Mar. 2025 | 10:21 am

La magistrada Patricia Vargas González presentó un informe sobre la consulta legislativa del expediente 24.810, que propone sancionar los fraudes piramidales. En su argumento, señaló que este proyecto no afecta la organización ni el funcionamiento del Poder Judicial.

Se trata del proyecto de ley denominado "Ley para penalizar los negocios piramidales", el cual plantea un nuevo tipo penal utilizando las penas de prisión ya establecidas para el delito de estafa, que son las siguientes:

  • De 2 meses a 3 años, si el monto defraudado no excede 10 veces el salario base.

  • De 6 meses a 10 años, si el monto defraudado supera dicho límite.

Según Vargas González, esta propuesta es concisa y consta de 2 artículos. El primero define los conceptos de Negocio piramidal y Fraude piramidal:

  1. Negocio piramidal: se configura cuando una persona física o jurídica insta a otras a invertir dinero por adelantado para participar en un negocio, con la expectativa de recibir, en un plazo determinado, una suma adicional como compensación por la inversión. Tanto la cantidad invertida como la compensación prometida dependen de la estructura del negocio, el plazo establecido y el número de personas involucradas.

  2. Fraude piramidal: es un esquema fraudulento de captación de inversiones no regulado, caracterizado por el pago de altos rendimientos utilizando el mismo capital recibido. La estructura se mantiene en tanto se sigan incorporando nuevos inversionistas o los anteriores reinviertan sus ganancias.

El segundo artículo del proyecto modifica la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor para tipificar estos delitos. Se adiciona un párrafo final al artículo 63 de la Ley N.° 7472, que quedaría redactado de la siguiente manera:

Artículo 63- Delitos en perjuicio del consumidor
(…)
Se sancionará con la pena prevista en el artículo 216 del Código Penal, tipificado como "estafa", a quien dirija, ejecute, promueva, patrocine, induzca, financie o colabore en un fraude piramidal. Se entenderá por fraude piramidal aquel esquema en el que la persona consumidora afiliada invierte dinero con la expectativa de recibir una compensación por la inclusión de nuevas personas consumidoras o usuarias del plan, sin que medie la compra o venta de productos, bienes o servicios.

A pesar de que la Dirección Jurídica concluyó que la creación de un nuevo tipo penal sí afectaría al Poder Judicial, la magistrada discrepó de esta interpretación.

Vargas González argumentó que el fraude piramidal ya es una modalidad de estafa y que, por lo tanto, su persecución e investigación ya forman parte de las competencias de las autoridades, sin implicar cambios sustanciales.

No obstante, señaló que el proyecto requiere mayor claridad en la sintaxis y redacción, así como la inclusión de parámetros para definir los perjuicios patrimoniales.

Este proyecto fue presentado el 4 de febrero de 2025 por la diputada Paulina Ramírez Portuguez.

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