Juez rechaza medida y mantiene suspensión contra alcalde de Escazú
Arnoldo Barahona también deberá cumplir sanción civil de ¢5,2 millones
(CRHoy.com) El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda rechazó una medida cautelar solicitada por el alcalde de Escazú, Arnoldo Barahona Cortés; manteniendo así una suspensión de un mes sin goce de salario contra el gobernante local.
La decisión fue dada a conocer la mañana de este viernes por el medio local Mundo Escazú, que cita la parte dispositiva de un fallo emitido por el juez Jose Ariel Solano Solano. La información fue posteriormente confirmada a CRHoy.com por el defensor del político del Partido Nueva Generación (PNG), José Pablo Badilla Villanueva; así como por la oficina de prensa de la Contraloría General de la República (CGR).
El abogado explicó que existe posibilidad de apelar lo resuelto, pero que él y su representado optaron por no hacerlo.
Con esa disposición, el alcalde pretendía frenar un procedimiento administrativo que le siguió bajo la sumaria CGR-PA-2021005602. El mismo se relaciona con un reconocimiento irregular de la compensación económica por "riesgo policial", en favor de un periodista del departamento de comunicación de la Policía Municipal de Escazú, un periodista de apellidos Ibarra Bogarín.
Aquella determinación se dio a pesar de que Barahona Cortés tenía conocimiento del criterio DAJ-055-15, que descarta que exista una norma que habilite el pago de ese componente salarial, generalmente reconocido a los miembros de cuerpos policiales.
Por esta situación, al gobernante local además se le sancionó civil y solidariamente al pago de ¢5,2 millones.
No obstante, la gerente de Recursos Humanos de la Municipalidad de Escazú, Alma Luz Solano Ramírez, canceló desde el 28 de marzo de 2022 la suma de ¢2,8 millones. Ella es la única otra funcionaria que figura en el procedimiento en cuestión, según pudo constatar este medio a través del Registro de Sancionados del órgano auxiliar de la Asamblea Legislativa.
La información disponible en dicho portal indica que, a través del expediente 22-5561-1027-CA, el Contencioso Administrativo dictó una medida cautelar provisionalísima que estuvo vigente entre el 16 de octubre de 2022 y el 25 de mayo de 2023.
Esa primera fecha coincide con el dictado de una disposición, a la que se hace alusión en el extracto de resolución publicado por Mundo Escazú. No obstante, ese medio no compartió el número de sentencia, ni la fecha de emisión.
Respecto a la suspensión de un mes impuesta a Barahona Cortés, se tiene que la misma se mantiene en firme en vía administrativa, luego de que se rechazaran recursos de revocatoria (18 de marzo de 2022) y apelación (16 de setiembre de 2022). La ejecución del castigo corresponde ahora al ayuntamiento.
