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Imputado en caso “Cochinilla” no podrá ocupar cargos públicos; Contraloría solicitó despido

Falta fue calificada como grave y solicitaron despido sin responsabilidad

Por Erick Carvajal | 30 de Ene. 2023 | 6:11 am

(CRHoy.com).- Édgar Meléndez Cerda, quien ocupó el cargo de Gerente de Vías y Puentes del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) no podrá ocupar cargos públicos por espacio de dos años, según una resolución de un procedimiento administrativo de la Contraloría General de la República (CGR) donde además se solicitó su despido sin responsabilidad patronal.

Meléndez Cerda renunció a su puesto en el Conavi el 15 de diciembre del 2021, alegando "motivos personales". Había asumido ese cargo el 19 de julio del 2018, en la administración Alvarado Quesada, luego de que fuera llamado por el entonces Ministro de Obras Públicas y Transportes, Rodolfo Méndez Mata.

Meléndez Cerda aparece mencionado en la investigación del caso Cochinilla, ya que habría aceptado invitaciones a almorzar de Abel González Carballo, entonces gerente de operaciones de la Constructora MECO y de Alejandro Bolaños Salazar, en ese momento gerente comercial de esa misma empresa.

La Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA) indicó que luego de esos almuerzos, Meléndez Cerda se habría interesado en los contratos de conservación en poder de dicha empresa "para ampliarlos".

CRHoy.com intentó obtener una reacción de Meléndez Cerda por la resolución de la Contraloría, pero al cierre de esta nota no habíamos obtenido respuesta.

Meses después renuncia

La solicitud de despido y suspensión de dos años para ejercer cargos públicos la emitió la División Jurídica de la Contraloría el 12 de mayo del 2022. El procedimiento administrativo es el CGR-PA-2020008040 y la resolución es la 7955-2022.

Dicha investigación inició el 19 de marzo del 2021, esto quiere decir que Meléndez Cerca renunció 9 meses después de haber iniciado el procedimiento en su contra.

En el documento del ente contralor, del cual CRHoy.com, tiene una copia, se señala que Meléndez Cerda y 3 funcionarios más fueron convocados a una audiencia donde se realizó la intimación de cargos por la presunta incorporación del tramo Sifón-Abundancia como ruta nacional n.° 35 en una serie de licitaciones públicas (2014LN-000017-00CVOO y 2014LN-000016-0CV00), así como la presunta aprobación de planes de trabajo, el trámite de facturas, cuando aparentemente dicha ruta no había sido declarada como ruta nacional y en apariencia no formaba parte del objeto contractual.

En el caso de Meléndez Cerda, el ente contralor indicó que se le reprochó que en su cargo como gerente de Conservación de Vías y Puentes del Conavi presuntamente se realizaron modificaciones en contratos sin cumplir con la normativa vigente, ya que aparentemente, prescindieron de los procedimientos de contratación legalmente establecidos al aprobar y comunicar la orden de modificación número 12 que incluyó el proyecto Sifón Abundancia.

"Llama la atención de este órgano decisor que para el momento en que se inician los trabajos de mantenimiento en tramos que, no eran parte de la red vial nacional, los mismos no estaban asignados en ese momento a la zona o zonas correspondientes y que en consecuencia, la elección de las licitaciones públicas que se encargarían de realizar dichos trabajos quedó a criterio de los funcionarios acá investigados, pues no se cuenta con algún acto administrativo en el que se definieran dichos aspectos véase que incluso ante el fallecimiento de un adjudicatario los trabajos simplemente fueron asignados a otra licitación pública encargada incluso de otra zona", señaló la Contraloría en su resolución.

La División Jurídica de la CGR establece que es muy importante destacar el puesto de Meléndez Cerda, quien era el superior de dichos funcionarios como gerente de Conservación de Vías y Puentes.

"Siendo él quien como punto de control debió girar instrucciones para que dichas obras de mantenimiento se realizaran apegadas al ordenamiento jurídico, analizando las opciones posibles e incluso alertando la imposibilidad de darle mantenimiento a una ruta que no era parte de la red vial nacional, pero contrario a dicha situación se denota su
aprobación a la orden de modificación n.° 12 antes incluso de que se diera la orden del Consejo de Administración, así como la aprobación de los programas de trabajo sin aprobar las órdenes de modificación n.° 3 y n.° 5", señala la CGR.

Responsabilidad administrativa

El documento emitido por la Contraloría, establece la responsabilidad administrativa de los funcionarios. En el caso de Meléndez Cerca indicaron que se logró acreditar que en su condición de gerente de Conservación de Vías y Puentes del Conavi, aprobó la orden de modificación número 12 por medio de la cual se incluyó el proyecto Sifón Abundancia al contrato Consorcio Herrera línea 22, zona 6-2 Huetar Norte, a pesar de que en ese momento dichos tramos no habían sido declarados como parte de la red vial nacional.

Dicha situación ocurrió el 13 de abril del año 2020 mediante sesión ordinaria del Consejo de Administración del Conavi (Acta 23-2020) donde se declararon las sesiones de control 21980, 21990, 22000 y 22010 pertenecientes a la ruta nacional número 35, con lo cual, además, se amplió el objeto contractual de la licitación pública 2014LN-000017-0CV00, línea 22, zona 6-2, pues los trabajos de mantenimiento realizados pertenecen geográficamente a las zonas 1-6 y 6-1 y no a la zona 6-2 adjudicada al Consorcio Herrera.

El órgano decisor del procedimiento administrativo señaló que se comprobó que en relación con la orden de modificación número 3, la misma no fue debidamente firmada por el investigado Meléndez Cerda, sino hasta un año después de que la misma se había generado y de manera contradictoria un mes después de emitida dicha orden de modificación.

"El aquí investigado procedió con la aprobación de los programas de trabajo correspondientes al III Trimestre de 2019 del Contratista Adrián Solano, permitiendo con esto que se realizaran trabajos de mantenimiento en tramos que no habían sido declarados como parte de la red vial nacional (ruta n.° 35 proyecto Sifón-Abundancia). En igual sentido, en cuanto a la orden de modificación n.° 5 aprobó los programas de trabajo del contratista Consorcio Agroindustrial Ecoterra S.A.-Transecot Rabca del Oeste S.A que incorporaba la planificación de trabajos a efectuarse en el proyecto Sifón-La Abundancia para los meses de noviembre y diciembre de 2019, a pesar de no haber aprobado la orden de modificación n.° 5 permitiendo de igual manera que se realizarán trabajos de mantenimiento en tramos pertenecientes a la ruta n.° 35 que no habían sido declarados como parte de la red vial nacional", señaló la Contraloría.

Además autorizó a otro funcionario para que firmara las facturas de dichas obras de mantenimiento sin que estuveran declarados los tramos como parte de la red vial nacional.

"Este órgano decisor tiene por acreditado que el señor Meléndez Cerda actuó de manera negligente como gerente de Conservación de Vías y Puentes del Conavi, desatendiendo el cumplimiento de la diligencia mínima esperada en razón de su cargo, al haber actuado con total desapego a lo establecido en el ordenamiento jurídico, por tal motivo la conducta de haber aprobado la orden de modificación n.°12 así como los programas de trabajo de las licitaciones públicas n.° 2014LN000017-0CV00, línea 22, zona 6-2 y n.° 2014LN-000016-0CV00, línea 21, zona 6-1, sin las aprobaciones de las órdenes de modificación n.° 3 y n.° 5, lo cual llevó a que se realizaran trabajos de conservación en tramos pertenecientes a la ruta n.°35 que no habían sido declarados como parte de la red vial nacional, con lo cual además permitió se tramitaran las facturas de dichos trabajos, es grave y reprochable, la cual se cometió en grado de culpa grave violentando normas que integran el Ordenamiento de Fiscalización Superior, pues con las conductas descritas, el encausado incurrió en una violación al deber de probidad establecido en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública", indicó el órgano contralor.

Por esa razón, en su "por tanto", declaró a Meléndez Cerda responsable administrativamente en grado de culpa grave, por lo que recomendó de forma vinculante sancionarlo con el despido sin responsabilidad de cualquier cargo que se encuentre ocupando y lo sancionó con la prohibición de ingreso y reingreso a cargos de la Hacienda Pública por el plazo de 2 años.

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