“Este juicio se pudo haber evitado”, afirma defensor de exdiputado absuelto
Abogado: "Aquí no había delito porque lo que tutela la norma es que no hayan contribuciones opacas"
(CRHoy.com) Desde la perspectiva de los defensores de los exdiputados Óscar Alfaro Zamora y Antonio Calderón Castro, el juicio en contra de estos por la donación ilegal de una casa club a la campaña del Partido Liberación Nacional (PLN) de 2010, pudo haberse evitado.
El abogado del segundo de los imputados, Mario Soto Baltodano, recordó que desde que se destapó el caso hace 10 años él mantuvo que su representado no había cometido delito alguno; situación que se ratificó la mañana de este miércoles con su absolutoria.
"Si usted revisa mis apuntes de hace 10 años, cuando empezamos a rebatir este caso, dicen lo mismo. Todo este juicio como hemos dicho se pudo haber evitado. Fueron años de desgaste para el país y sobre todo para las familias", resaltó el jurista ante una consulta de CRHoy.com tras escuchar el por tanto de la resolución.
Por su lado, mediante una llamada, el representante del otro encartado, Érick Ramos Fallas, destacó la interpretación que hizo el Tribunal Penal del I Circuito Judicial de San José al acoger una gestión suya sobre la prescripción de los hechos. De hecho, esa decisión dio pie a la absolutoria por extinción de la acción penal de su cliente.
El fiscal Alexánder Valverde Peña en cambio extrañó que los jueces Raymond Porter Aguilar, Freddy Arias Robles y Luis Carlos Castro Araya no se pronunciaran por el fondo del asunto y se quedaran en la forma.
Sobre el particular, Ramos Fallas indicó: "Le puedo decir que, desde la óptica de la defensa, aquí no había delito porque lo que tutela la norma es que no hayan contribuciones opacas, ocultas o de las que no se conozca el origen. En este caso es tan absurda la acusación del Ministerio Público, que es una sociedad anónima en la que don Óscar es el presidente, que él la constituyó en 1992 con la esposa y que son los dos únicos socios y que es un local que se utiliza para la campaña de don Óscar".
Abonó que durante el debate los testigos establecieron a Alfaro Zamora como el propietario, además de que al sitio se presentó la Fuerza Pública en al menos dos ocasiones, las cuales fueron reportadas por la prensa en ese momento.
"No había ningún interés de esconder el origen de los recursos. Por el contrario, fue totalmente público", resaltó el jurista.
"A mí me parece que el Ministerio Público debe replantearse este tipo de asunto. El país se desborda de corrupción, se desborda de asuntos relevantes, tiene pocos recursos y estos deberían utilizarse en lo que realmente importa. No es un tema de tratar de empatar como ya se condenó a otros partidos como el Movimiento Libertario (PML) y Acción Ciudadana (PAC), de que el Ministerio Público venga a tratar de dar una apariencia de objetividad y tratar de que haya una condenatoria en un caso que no tenía ni pies ni cabeza", agregó.
Calderón Castro fue absuelto en apego al principio de in dubio pro reo, que beneficia al imputado en caso de duda en un proceso penal, toda vez que no se logró constatar que este conociera que el inmueble -que se denominó "Casa de la Victoria"- pertenecía a una personería jurídica y que este estaba siendo donado y no contratado.
Pero para Soto Baltodano, además, existía una inscripción previa del recinto a la que dio pie a la investigación, la cual estaba vigente y se llevó antes de que el Código Electoral fuera reformado para incluir la prohibición de contribuciones de sociedades anónimas.
Alfaro Zamora, en cambio, fue librado de culpas por la prescripción de los hechos que se le achacaban.