Contraloría aprueba presupuestos a asociaciones de desarrollo por ₡182 millones
Instituto de Fomento y Asesoría Municipal gestionó la diligencia el pasado 18 de enero
(CRHoy.com) La Contraloría General de la República (CGR) aprobó un presupuesto para dos asociaciones privadas que trabajan en proyectos de desarrollo comunal por la suma de ₡182 millones, las cuales están relacionadas con el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM).
"Se aprueba: beneficio otorgado a la Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias (ANAI) por la suma de ₡91,2 millones, beneficio otorgado a la Asociación Red Costarricense de Mujeres Municipalistas (RECOMM) por la suma de ₡91,2 millones", detalló el ente contralor.
De acuerdo con el oficio DFOE-LOC-0331 del pasado viernes, 10 de febrero, el órgano contralor, indicó que la diligencia fue tramitada por la IFAM, bajo el oficio N° DAH-UF-0016-2023 del 18 de enero, cumplió con todos los requisitos.
"El análisis que el Órgano Contralor llevó a cabo se fundamentó en el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa legal vigente. Por tanto, la Contraloría General de la República aprueba los presupuestos de los beneficios otorgados a los sujetos privados incorporados en la modificación n.° 1-2023 por la suma de ₡182,4 3 millones", indicó la CGR.
Según lo que indica la Contraloría en el oficio, las asociaciones ANAI y RECOMM se encuentran incorporadas al IFAM, para la realización de proyectos a nivel municipal, las mismas deberán ejecutar los presupuestos para los fines que tienen establecidos.
"En aquellos casos en que se compruebe la desviación de dicha finalidad, el concedente debe actuar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República", advirtió el ente.
De acuerdo con el artículo 7 de la mencionada ley, en caso de que se incumpla con la ejecución de la inversión el Conapam puede "suspender o revocar la concesión, según la gravedad de la violación cometida. También facultará a la Contraloría General de la República para ordenar que se imponga la sanción (…) la concesión deberá ser revocada y el beneficiario quedará obligado a la restitución del valor del beneficio desviado, con los daños y perjuicios respectivos".
