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Buscan endurecer disposiciones sobre arresto domiciliario con tobillera

Iniciativa forma parte de los 10 expedientes prioritarios y a los que se les busca una vía rápida en el Congreso

Por Carlos Mora | 6 de Feb. 2024 | 5:32 am

Un proyecto de ley pretende endurecer los requisitos para que los privados de libertad puedan acogerse a la modalidad de arresto domiciliario con tobillera electrónica. 

La iniciativa de ley busca para ello una reforma al artículo 57 bis del Código Penal. 

Los proponentes del proyecto, la vicepresidenta del Congreso, Gloria Navas Montero y el diputado de Liberación Nacional (PLN), Gilberth Jiménez Siles, aseguran que es necesario endurecer estos requisitos porque a pesar de que el arresto domiciliario con tobillera busca disminuir el hacinamiento en las cárceles e incentivar la reinserción social de los sentenciados, "con el pasar del tiempo, ha sido vulnerada de manera reincidente por un porcentaje importante de reclusos que tiene el disfrute de esta medida, que han incidido en la comisión de algún hecho delictivo".

El proyecto de ley fue acogido por los presidentes de los supremos poderes de la República la semana anterior. La iniciativa entró en el listado de 10 proyectos en los que en próximos días se les aplicará un mecanismo de vía rápida en el Congreso para agilizar su discusión.

¿Cuáles son los cambios puntuales?

Actualmente, este beneficio de arresto domiciliario con tobillera se le otorga a los delincuentes primarios con condenas no mayores a los 6 años.

Además, se permite conceder el beneficio a personas que hayan sido sentenciadas por delitos como robo y de tipo sexual que no sean contra un menor de edad. 

En la siguiente ilustración se muestran los principales cambios que propone el proyecto de ley en relación con los años de condena y los delitos tipificados para prohibir su implementación.

Algo importante que señalar es que la norma vigente establece que este beneficio no se puede conceder a los culpables de delitos relacionados con el crimen organizado, delitos sexuales contra menores de edad y delitos con armas de fuego. Estas disposiciones seguirían vigentes de aprobarse la reforma. 

La propuesta también plantea cambios con relación a las disposiciones para revocar este beneficio a los privados de libertad.

El proyecto de ley de los diputados Navas y Jiménez se tramita bajo el expediente 24.096 y puede verlo en este enlace 24096

Datos a considerar 

La Dirección General de Adaptación Social (DGAS) señaló que al 2 de mayo del 2023 se contabilizaba una total de 1829 personas procesadas con la medida alterna de arresto domiciliario con monitoreo electrónico.

En el primer informe estadístico trimestral de 2023 del Ministerio de Justicia y Paz  se señaló que de estos 1829 privados de libertad bajo esta modalidad un grupo de 157 (8,6%) fueron reincidentes en la comisión de un delito.

Por su parte, el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) indicó que una cantidad significativa de reos, la mayoría de ellos con el beneficio del monitoreo, contabilizan un número importante de pasadas policiales por el archivo policial, donde figuran delitos como robos agravados, venta de drogas e inclusive delitos más graves como lo es el homicidio, violaciones y abusos sexuales.

"Se busca mediante este proyecto de ley limitar el otorgamiento del arresto domiciliario con monitoreo electrónico, esto sin detrimento de que se siga contribuyendo con esta herramienta tan valiosa, a la disminución del hacinamiento de los centros carcelarios y lograr la efectividad del principio de inserción social, esta iniciativa no deja estos principios de lado, lo que establece es poder tener un mejor control, en cuanto a las personas que reciben este beneficio y bajo las condiciones que se otorga, y así obtener una disminución de la reincidencia de la población privada de libertad en la modalidad de monitoreo electrónico", explicó la diputada Navas.

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