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ANAI sobre ley que limita reelección de alcaldes: “violenta la democracia”

Dicen que eso es separar a quienes conocen las necesidades de los pueblos.

Por Yaslin Cabezas | 15 de Dic. 2022 | 7:35 am

Foto archivo CRH

(CRHoy.com) La Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias (ANAI) se pronunció sobre el fallo de la Sala Constitucional, sobre la pretención que existía de reformar el artículo 14, de la Ley 7794.

Los magistrados declararon sin lugar las acciones de inconstitucionalidad presentadas por tres organizaciones para buscar impugnar la ley, la cual limita la reelección indefinida de alcaldes.

Aunque aseguraron que esperarán la sentencia integral, mantienen la posición de que dicha ley "violenta derechos fundamentales como el principio de igualdad, la irretroactividad de la ley y el derecho al voto pasivo; en síntesis, violenta la democracia costarricense".

"Lamentamos que se haya ratificado una ley que busca limitar la participación política de muchos líderes y lideresas de todos los cantones de nuestro país en momentos en los que existe tanta apatía política, reflejada en los altos porcentajes de abstencionismo en las elecciones de los últimos años", añadieron.

La asociación asegura que con esta ley, se busca separar a aquellas personas que conocen "a profundidad", las necesidades de los pueblos.

"Nunca hemos estado en contra de limitar los periodos de elección de las autoridades municipales; sin embargo, a esta fecha no se justifica el por qué se deben esperar 8 años para poder volver a incorporar estos liderazgos, si con un periodo de intermitencia, como en el resto de puestos de elección en los Poderes Ejecutivo y Legislativo, se logra dar paso a nuevas autoridades. Tampoco se explica por qué un alcalde no puede optar por otros puestos de elección popular municipal, mientras que a las otras figuras municipales sí se les permite", manifestaron.

Tampoco ven con buenos ojos que se establezcan "reglas" en medio periodo.

"Muchas dudas quedan en el aire, las cuales deberán discutirse con prontitud y con mirada a los más nobles valores democráticos, para que en el futuro, desde los 84 cantones de Costa Rica, se puedan seguir fortaleciendo los liderazgos políticos y se respete la voluntad ciudadana al emitir el voto, base de nuestro sistema democrático nacional", indicaron.

El fallo de la Sala Constitucional se dio a conocer este miércoles, tras el recurso interpuesto por la Federación Metropolitana de Municipalidades, la ANAI y la Federación de Concejos Municipales de Distrito por varias acciones de inconstitucionalidad por la reforma del artículo 14 de la Ley 7794. 

Dicho artículo indica que quienes asuman la jefatura de los Gobiernos Locales deberán esperar 2 periodos para ocupar algún cargo de elección popular del régimen municipal:

Artículo 14 (…) Las alcaldesas o los alcaldes podrán ser reelegidos de manera continua por una única vez. No podrán ocupar ningún cargo de elección popular del régimen municipal, hasta tanto no hayan transcurrido dos períodos desde que finalizó su segundo período consecutivo.

Los vicealcaldes y las vicealcaldesas también podrán ser reelegidos de forma continua por una única vez y no podrán ocupar el mismo cargo ni el de regidores o síndicos, hasta tanto no hayan trascurrido dos períodos desde que finalizó su segundo período consecutivo. (…)

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