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Adulta mayor gana recurso por acera dañada frente a su casa

Ordenan a Municipalidad de Coto Brus hacer las reparaciones de la acera

Por Andrey Villegas | 12 de Oct. 2022 | 8:11 pm

(CRHoy.com).-Una adulta mayor que requiere del uso de bastón o andadera, ganó un recurso de amparo contra la Municipalidad de Coto Brus, luego de que solicitara la reparación de las aceras frente a su casa al municipio y allí le indicaran que eso no les correspondía.

Según detalla el recurso presentado a la Sala Constitucional que se maneja bajo el expediente 22-019066-0007-CO, la acera que se ubica afuera de la vivienda del adulto de 84 años, se encuentra totalmente deteriorada, llena de huecos, prácticamente destruida y que el estado de la acera le dificulta porque debe estar saliendo a citas médicas.

Además, la vecina de San Vito expresa que hace un tiempo atrás, estuvo la empresa MECO realizando labores en la carretera y que una de las maquinarias se montó sobre la acera y la terminó destruyendo por completo, pero que no se hicieron responsables del arreglo, que también manifestó a la municipalidad de Coto Brus y le hicieron caso omiso.

La autoridad municipal indicó que la "la construcción y mantenimiento de las aceras frente a las propiedades de un ciudadano es una obligación del propietario o poseedor del bien inmueble".

Además, señalan que se acogen a lo dispuesto en el numeral 83 y 84 del Código Municipal.

"Artículo 83 bis. Las municipalidades quedan facultadas para realizar las labores de construcción de obra nueva de acera de forma directa, con el fin de garantizar la accesibilidad y la seguridad de todas las personas, previa notificación al propietario. El costo efectivo de estas obras nuevas se trasladará al propietario o poseedor por cualquier título de bienes inmuebles, según lo definan los reglamentos municipales. Se autoriza a las municipalidades para que establezcan mecanismos de facilidades de pago respecto del cobro efectivo de las obras nuevas de aceras."

"Artículo 84. De conformidad con el plan regulador municipal, las personas físicas o jurídicas, propietarias o poseedoras, por cualquier título, de bienes inmuebles, deberán cumplir las siguientes obligaciones: (…) d) Construir las aceras frente a sus propiedades cuando se trate de una obra nueva, apegado a los lineamientos y diseños establecidos por la municipalidad.
(…). En todo caso y de manera excepcional, se autoriza a la municipalidad para eximir del cobro por concepto de construcción de obra nueva de las aceras cuando se demuestre, mediante un estudio socioeconómico que practique la corporación municipal, que los propietarios o poseedores por cualquier título carecen de recursos económicos suficientes."

Los magistrados declaran con lugar el recurso, según la resolución de la sentencia 2022022714 y le ordenan a Steven Barrantes Núñez en su condición de Alcalde de la Municipalidad de Coto Brus y a Luis Amador en su condición de ministro de Obras Públicas y Transportes o a quienes ocupen los cargos, para que en un plazo de 6 meses hagan el mantenimiento de las aceras frente que se ubiquen frente a la propiedad de la amparada, sin perjuicio de que los costos de mantenimiento le puedan ser trasladados a la propietaria del inmueble.

"Se advierte a los recurridos que de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quienes recibieren una orden que deban cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumplieren o no la hicieren cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado. Se condena al Estado y a la Municipalidad de Coto Brus al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de fundamento a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso-administrativo", concluye la resolución de la Sala Constitucional.

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