Fiscal en caso de doctora Cedeño: Informe sobre mordidas no es prueba directa
Informe odontológico forense debe valorarse junto a otros indicios, explica Ministerio Público
(CRHoy.com) El fiscal adjunto de Pérez Zeledón, Edgar Ramírez, afirmó este jueves que los informes odontológicos forenses que vinculan a dos de los sospechosos con el crimen de María Luisa Cedeño son prueba indiciaria, no directa.
La afirmación la hizo en un receso de las conclusiones del abogado Érick Gatgens, las cuales se orientaron en los últimos tres días a atacar el dictamen realizado por el perito José Manuel Fernández, que es la principal evidencia que se tiene contra su cliente, el administrador Luis Carlos Miranda.
En el caso de ese sospechoso, el odontólogo forense determinó que un diastema -espacio entre los dientes- y el tamaño de sus piezas coincidían -en grado de no exclusión- con aparente huella por mordedura hallada en el pezón del seno izquierdo de la víctima. Pero en otro reporte, el mismo especialista atribuyó -de igual manera, en grado de no exclusión- al empresario Harry Bodaan posibles mordidas en el antebrazo derecho y la mejilla derecha.
Los documentos en cuestión representan, a su vez, la única prueba que pone a estos dos acusados en contacto con la ofendida. De ahí que tanto Gatgens, como su colega en la defensa del hotelero, Hugo Navas, la emprendan contra el peritaje.
A criterio del representante del Ministerio Público, por lo menos el primero de los juristas ha errado en su estudio del trabajo realizado por Fernández.
"Hay dos problemas conceptuales muy grandes que tiene don Érick. Primero, que no sabe valorar prueba indiciaria. Nosotros no hemos señalado que lo de la Odontología Forense sea prueba directa, sino que es indiciaria que está unida a otros indicios. La falacia en la que cae don Érick es creer que lo único que se tiene en esta investigación es el dictamen odontológico forense.
"La otra situación que es importante es que la defensa de Miranda no ofreció prueba. Prescindió de toda la prueba testimonial y la prueba documental de la doctora Aurora Valenzuela, como ya se acreditó, no es odontóloga forense, su dictamen no es válido, ella no está acreditada… es más, huyó del país para no enfrentar la responsabilidad por ejercicio ilegal de la profesión que acusó el Colegio de Odontólogos y Médicos", señaló el fiscal.
Independientemente de si es el análisis efectuado por Gatgens es o no correcto, lo cierto es que Ramírez recalcó con toda claridad que la evidencia en cuestión es un indicio, no prueba directa; situación que no fue señalada con ese tono en las extensas conclusiones del Ministerio Público o de la representación legal de la familia de Cedeño.
Pero, ¿por qué esto es relevante? Al interpretarse como prueba indiciaria, para que tenga validez, la evidencia tiene que ser inequívoca; consecuentemente, todos los elementos deben apuntar a una misma conclusión, de manera que no den pie a segundas interpretaciones. Los indicadores necesariamente deben contar con los atributos de gravedad, precisión y concordancia.
Esos requerimientos, y esa valoración de la prueba indiciaria, fueron de gran relevancia en el debate por la muerte de María Tacsan, que acabó el 22 de marzo de 2023 con la absolutoria del único sospechoso, Carlos Andrés Pérez.
"Los indicios que se le han presentado al Tribunal (Penal de Heredia) no tenían esas características, sino que eran indicios anfibiológicos. Resulta que la anfibiología lo que implica es que esos indicios pueden tener varias interpretaciones. Y ante el surgimiento de varias interpretaciones frente a los indicios, lo que se erige en el pensamiento del Tribunal, son dudas. Ante la existencia de dudas, el debido proceso y la presunción de inocencia, todo lleva al Tribunal a la necesidad de aplicar el principio de in dubio pro reo", explicó aquel día el presidente del órgano jurisdiccional, Juan Carlos Morales.
Valga subrayar en este punto que esto no significa que el caso de Cedeño vaya a correr la misma suerte que la de Tacsan, pues, como acotó el querellante Alfonso Ruiz, las circunstancias de cada crimen no son comparables.
¿Y cuáles son los elementos con los que se cuenta en el crimen de la anestesióloga? Ramírez respondió:
"Ya nosotros lo hemos señalado. Él (Miranda) estaba en el hotel, hay comunicación previa con Bodaan, hay encuentros sexuales que se revelan por lo menos en las comunicaciones, se tiene pornografía que fue evidenciada donde se revelan muchas de las prácticas que se le hicieron a la doctora, se logró hacer el allanamiento a su apartamento y se encontraron precisamente los implementos que se utilizan para artes marciales y eso nunca lo analizó don Érick, solo quiere decir que es algo que se está inventando la parte acusadora.
"Es decir, hay una serie de elementos indiciarios en esta investigación que claramente lo vinculan. La salida del hotel, cómo regresa al hotel en la tarde, el tema de la habitación que es sumamente interesante, cómo él ingresa a una hora y luego sale hasta otra para poder justificar el tema de los tiempos".
Consultado sobre los tales indicadores, Gatgens manifestó a este medio: "Ese es un tema que definitivamente constituye una parte muy importante de mis conclusiones. Es un tema que vamos a tratar más adelante. No puedo adelantar mucho al respecto porque es una parte fundamental de lo nuestro, pero definitivamente eso que ellos incluso denominan ‘elementos', no constituyen desde ningún punto de vista un indicio. Vuelvo a traer a colación el tema de que una persona tome Imperial Light, eso no es, ni aquí ni en ningún país respetuoso del Estado de Derecho, un indicio como tal. Nunca lo podría ser".
El juicio contra Miranda, Bodaan y el bailarín Teodoro Herrera, arrancó el 13 de setiembre de 2022 y avanza en los alegatos finales, siendo la defensa técnica del primero de los imputados, la única que no ha culminado sus exposiciones. Posteriormente, la Fiscalía y la familia de la víctima podrán hacer sus réplicas.
