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Estudiante denunciado por presunto abuso sexual recibirá clases virtuales, ordena Sala IV

Sala rechazó la reincorporación presencial en amparo a las posibles afectadas

Por Anyi Ospino | 29 de Mar. 2023 | 11:44 am

(CRHoy.com) La Sala IV declaró parcialmente con lugar el recurso de amparo presentado por un estudiante del colegio Lincoln, quien fue denunciado por presunto abuso sexual contra estudiantes del mismo colegio. 

El estudiante acudió a la Sala Constitucional tras la expulsión del centro educativo, debido a las denuncias, alegando que se le estaba vulnerando el derecho a la educación y al debido proceso. En su fallo, los magistrados alegaron que se declaraba con lugar solo en cuanto a la violación al derecho del debido proceso que debía llevar a cabo el centro educativo y ordenó que se le reinstalara en lecciones habituales, pero en virtualidad, no con presencialidad.

En un comunicado de prensa, la Sala indicó que esto se definió así "para garantizar la integridad física, psicológica y emocional de las personas estudiantes presuntamente afectadas".

"Por mayoría, la Sala declaró sin lugar el recurso en cuanto a la medida cautelar de suspensión del amparado y solo lo declaró con lugar respecto del auto de traslado de cargos, toda vez que los hechos atribuidos al tutelado no fueron descritos con la requerida precisión que exige el derecho al debido proceso, conforme reiterada jurisprudencia constitucional", indicó la Sala.

"Los magistrados que votaron el recurso con lugar parcial fueron Fernando Cruz, Paul Rueda Leal y Anamari Garro; mientras que Luis Fernando Salazar Alvarado, Jorge Araya García y la suplente Alexandra Alvarado Paniagua salvaron el voto y declararon sin lugar el recurso en todos sus extremos", agregó la Sala.

De acuerdo con los detalles que se proporcionaron, la sentencia del recurso únicamente aplica sobre un procedimiento disciplinario, por los que no se pronuncia sobre el fondo de los hechos, y tampoco sobre las responsabilidades que se le pueden atribuir al señalado.

"Por mayoría, se declara parcialmente con lugar el recurso, únicamente en cuanto a la alegada violación al derecho al debido proceso del amparado. Se dispone la nulidad absoluta del acto inicial de traslado de cargos y de las conductas ulteriores del procedimiento impugnado que dependan de este, lo que no obsta para que la parte recurrida inicie un procedimiento disciplinario de manera conforme al debido proceso y disponga o mantenga las medidas cautelares necesarias para esos efectos. Se ordena a Federico Chaves Sáenz, Presidente con Facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de la Asociación institución de Cooperación Educacional Colegio Lincoln, disponer y adoptar todas las conductas que sean pertinentes y necesarias para garantizar al amparado la continuidad de su ciclo académico, bajo la modalidad virtual, procurándole y garantizándole la atención debida en su proceso formativo, a fin de que cuente con herramientas adecuadas para su aprendizaje y evaluaciones. Dicho centro educativo deberá adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la integridad física, psicológica y emocional de las personas estudiantes presuntamente afectadas. Por otra parte, el accionado deberá buscar el mecanismo necesario para que el amparado pueda realizar las evaluaciones académicas que requiera en el contexto de su bachillerato internacional", cita el "Por tanto" de los magistrados.

Según el abogado del estudiante, Francisco Sánchez, el fallo de la Sala llega a mes y medio de que el estudiante realice las pruebas de bachillerato internacional. Se consultó al Colegio Lincoln sobre esta sentencia y se está a la espera de una reacción.

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