El anidamiento o “birdnesting”: una modalidad de guarda compartida
Hace unos meses comentábamos en este mismo espacio, que, en caso de separación de los progenitores, la guarda compartida debe ser la opción prioritaria en nuestro país. Esto quiere decir, que a menos de que existan causas válidas para elegir lo contrario, lo normal debería ser que las personas menores de edad puedan convivir con ambos por igual, sin que exista un horario de visitas, pues en esencia la persona menor de edad viviría en dos hogares.
Esto pretende facilitar a los menores de edad la frecuente y equitativa comunicación con ambos progenitores, y distribuir la atención a las necesidades de los hijos. Sin embargo, hasta cierto punto no permite que la persona menor de edad goce de un hogar estable y una continuidad de su estilo de vida anterior, lo cual es agravado cuando la distancia de un hogar a otro es significativa.
Por este motivo es que se ha buscado formas creativas para solventar las deficiencias de este modelo y evitar mayor impacto negativo en la vida de los menores tras la separación.
Algunas familias han encontrado solución en la figura del "anidamiento" (o "birdnesting") que no es otra cosa que un arreglo en el que los niños son los que permanecen en una residencia, mientras los padres se turnan para vivir en el hogar y cuidar a los niños.
Este arreglo tiene como objetivo evitar que la vida de las personas menores de edad se vea interrumpida de forma más drástica. Ya con la separación, y el cambio de la dinámica de convivencia con sus dos progenitores, resulta un importante choque, por lo que se pretende mantener la rutina, continuidad y permanencia a la que están acostumbrados permaneciendo en el hogar familiar, donde sus amistades escolares, familiares, y vecinales pueden continuar sin interrupciones y al mismo tiempo pueden mantener relaciones estrechas con ambos padres, lo cual es crucial para su bienestar continuo.
Este es un término relativamente nuevo, por lo que es difícil encontrar evidencia del beneficio en su aplicación. Tampoco es factible para todas las familias, pues representa un mayor gasto económico, sin embargo, es importante mencionar estas nuevas tendencias para tener claro que el derecho de familia es un derecho vivo que debe ir evolucionado con la realidad social.
También hay que resaltar que la función de la justicia en el conflicto familiar reviste carácter subsidiario, por lo que los padres son los que deciden establecer cuál será la dinámica del ejercicio de la responsabilidad parental como principales responsables del diseño del proyecto de vida que se presenta como consecuencia de la ruptura de la pareja. Siempre que dichos acuerdos no violen el orden público.
Pese a lo dicho, lo cierto es que en los casos de una ruptura lo más recomendable es acudir a un profesional especializado en la materia que pueda aportar una solución integral al conflicto, en que las partes puedan rediseñar su proyecto de vida, sin complicacines legales futuras que a menudo se suscitan.