Resolución de Coopeservidores confirma aumento en cuotas de créditos adquiridos por el Popular
También aclara que capital social no constituye un ahorro de los asociados
La Administración del Proceso de Resolución de Coopeservidores R.L. confirmó este lunes que las cuotas de algunos créditos adquiridos por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal (BPDC) aumentaron.
En un comunicado, explicó que las modificaciones en el pago de las cuotas de esos créditos se deben a que la cooperativa realizaba prórrogas o adecuaciones automáticas sin el consentimiento de esos clientes y sin que efectuara el ajuste a las cuotas oportunamente. Esa es una de las irregularidades encontradas por la Interventoría y, posteriormente, por la Resolución.
"Por lo tanto, al momento que el BPDC corrió los datos en sus sistemas, no solo se evidencia esta práctica, sino que resulta necesario efectuar la rectificación de las cuotas de algunos préstamos, a fin de que reflejen las condiciones originales del contrato en los términos de plazo y tasa pactados", indicó la Administración del Proceso de Resolución.
Explicó que los exclientes de Coopeservidores con esa situación deben acercarse directamente a las oficinas del Banco Popular para conocer las opciones que la entidad tiene a disposición para solucionar su situación.
La Administración de la Resolución de Coopeservidores R.L. también aclaró a los exasociados de la cooperativa que el capital social no constituye un ahorro a la vista o a plazo, por lo que no es posible que el Banco Popular deposite los dineros correspondientes a aportaciones de capital, dado que lo que ha contemplado es la devolución de depósitos que figuran como acreencias y no como patrimonio.
"El capital social de una cooperativa consiste en un aporte económico que realizan los asociados para poder formar parte de la entidad y contribuir en su fortalecimiento patrimonial, por lo que no constituye un ahorro personal, sino una aportación que forma parte del patrimonio de la entidad y que, en caso de deterioro de sus activos, responde por las pérdidas. Tal es el caso de Coopeservidores R.L., en donde la magnitud de las pérdidas presentadas y, sobre todo, por el menoscabo de su cartera crediticia, consumió los recursos de su capital social en su totalidad", recordó la Administración del Proceso de Resolución.
Además, explicó que en los estados de cuenta que se entregaban a los asociados de Coopeservidores ese rubro se encontraba bajo un título de ahorro corriente. No obstante, se especificaba que era por concepto de aportaciones de capital y consistentemente la cooperativa lo tiene registrado como capital aportado por el asociado.
"Por tanto, tal y como se ha explicado en oportunidades anteriores, esos montos fueron absorbidos por las pérdidas generadas por la entidad, por lo que no pueden ser objeto de devolución alguna", subrayó.
También aclaró que Coopeservidores consignaba en el estado de cuenta de sus clientes y asociados un rubro denominado "ahorro pago de obligaciones". Ese rubro se utilizada para que las personas depositaran la cuota del préstamo o tarjeta de crédito, con el fin que la cooperativa lo acreditara a la operación correspondiente.
"Por lo anterior, este rubro no correspondía a un ahorro personal, sino a pagos destinados a sus créditos, los cuales se aplicaron oportunamente a sus deudas", concluyó.
