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Caso Batalla: Fiscalía de Género calificó su actuar como “delictivo y reprochable”

Por Carlos Castro | 27 de Mar. 2025 | 11:25 am
Mauricio Batalla

Mauricio Batalla

La fiscala Susana Pineda Ledezma estuvo a cargo de fundamentar la acusación contra el exministro Mauricio Batalla Otárola y lo señaló como responsable de cometer tres delitos de abuso sexual contra una joven que trabajó en uno de sus restaurantes de comida mexicana en San Pedro.

En el documento judicial denominado "Acusación y solicitud de dictado de auto de apertura a juicio" la funcionaria de la Fiscalía Adjunta de Género explicó las razones por las cuales el exmiembro del gabinete de Rodrigo Chaves Robles, debía enfrentar un debate donde se le señalarían los presuntos ataques sexuales.

Pineda detalló ante el Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José los puntos para sostener su posición de mantener a Batalla como responsable de cometer los actos delictivos contra la mujer y lo tachó de reprochable.

Inicialmente, hizo un ofrecimiento de prueba donde se sustentó con testimonios y documentación la existencia del delito. La fiscala expuso que una vez concluida la etapa de investigación, ella consideraba que existían suficientes elementos probatorios para considerarlo autor de los hechos.

"Es por ello que de conformidad con el artículo 303, siguientes y concordantes del Código Procesal Penal, presento al señor Juez de la Etapa Intermedia la acusación formal en contra del acusado y solicito la apertura a juicio, con base en las razones de fondo que adelante se dirán", recalcó.

La funcionaria del Ministerio Público destacó que el relato de la víctima era prueba principal de la pieza acusatoria, pues en delitos como este "difícilmente se cuenta con más prueba testimonial que la rendida por la misma víctima".

Añadió que en casos como el expuesto "el agresor procura desplegar su actuar ilícito en lugares y bajo circunstancias en las que no sea visto por otras personas" argumentando que así sucedió con Batalla, quien en apariencia se valió de momentos en que la ofendida estaba sola para ejecutar los supuestos actos abusivos contra de ella.

También notificó que se contaba con el informe policial 951-SEVGTTP-DM-2022, correspondiente a las diligencias de investigación realizadas por parte de los agentes de la Sección Especializada Contra la Violencia de Género, Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes, quienes entrevistaron a varias compañeras de la ofendida, una hermana y al novio.

Del análisis que hizo la fiscala Pineda sobre las pruebas con las que contó al cierre de la etapa de investigación, llegó a la conclusión que Batalla actuó con dolo contra la denunciante en todo momento.

"De la declaración de la propia víctima y la prueba que consta en autos, se desprende el ánimo libidinoso del acusado y el fin sexual de su acción, descartando además la ocurrencia de una acción o movimiento involuntario o accidental, pues el acusado introdujo a la ofendida a la bodega donde le tocó con una de sus manos los glúteos, las piernas y espalda mientras le pasaba la lengua por la cara; en dos ocasiones más, el acusado le tocó las nalgas a la ofendida, acciones que implican claramente la voluntad del acusado, y por lo tanto connota una acción DOLOSA (escrito en mayúscula en el expediente), evidenciando que esas acciones no son accidentales, por el contrario son voluntariamente realizadas por el acusado, y en detrimento de la libertad sexual de la ofendida, quien en todo momento demostró su negativa a permitir tales actos; así pues con todo lo anterior tenemos como configurada la acción del artículo 162 del Código Penal", explicó.

Destacó que con la totalidad de elementos probatorios ella consideró que existían argumentos suficientes para atribuirle los tres delitos al imputado, quien "desplegó su actuar delictivo sin que existiera causal alguna que justificara su conducta" la cual calificó de reprochable al lesionar el bien jurídico de la libertad sexual de la ofendida.

A criterio de Pineda, la conducta del exministro es "atípica y antijurídica" por lo que resulta "sumamente reprochable", ya que no existía motivo para que cometiera estos actos en perjuicio de la agraviada.

Subrayó que no existía una condición que hiciera al acusado inimputable o que tuviera alguna dificultad para conocer y entender el carácter lícito e ilícito de sus acciones.

Pese a que se recogió toda esta prueba, Batalla le pagó 3 millones de colones a la mujer siempre y cuando ella quitara la denuncia. Para ello firmaron un acuerdo extrajudicial donde se incluyó el pacto de confidencialidad donde se incluyeron los términos de no seguir con el caso.

El documento se firmó el 6 de noviembre de 2024, cinco días antes de la audiencia que se había programado para que el Juzgado decidiera si elevaba a juicio la causa 22-000681-0994-PE.

Para entonces, Batalla ya era ministro del MOPT (fue designado en el cargo en marzo de 2024) y estaba cubierto por la inmunidad que le otorga la Constitución Política por formar parte de un supremo poder de la República.

La denuncia

La mujer que denunció al exministro de Obras Públicas y Transportes, Mauricio Batalla Otárola, narró en su relato de hechos las presuntas acciones cometidas por el exfuncionario.

La víctima presentó la denuncia en el 2022, pero en noviembre del 2024 desistió de seguir con el proceso, luego de llegar a un acuerdo extrajudicial con Batalla de retirar la denuncia, a cambio de un pago de 3 millones de colones, según consta en el pacto de confidencialidad que firmaron ambos y al que este medio tuvo acceso.

Con ese documento, el exjerarca se libró de enfrentar un juicio por una acusación de tres delitos de abuso sexual, cuando ya todo estaba listo para que el Juzgado definiera si el caso llegaría a esa instancia de debate.

Por ese motivo, el Juzgado Penal de Goicoechea concluyó, mediante resolución del 11 de noviembre de 2024, que se ordenara sentencia de sobreseimiento definitivo en favor de Batalla, es decir, que se archivara la causa.

Esto no significa que el exministro fuera absuelto o declarado inocente, sino que, ante el desinterés de la víctima de continuar con el proceso, se debía concluir de esa forma.

La mesera contó a la Fiscalía los momentos en los que ella sintió que su entonces jefe la vulneró con actos inapropiados.

"(…) me tomó de la cara con una mano y me empezó a pasar la lengua por toda la cara, y con la otra mano me tocaba las nalgas, las piernas, la espalda. Esto lo hacía con la mano abierta, como acariciándome. Yo lo empujé y salí de la bodega, yo salí asustada", dice la declaración de la mujer.

Reveló que en otro momento, incluso estando presente la esposa de Batalla, el imputado hizo otros actos contra su voluntad.

"(…) Mauricio se acercó a la barra, me tiró un billete de veinte mil colones, se me acercó y me dijo que le diera un beso, que cuando terminara el evento él me llevaría a mi casa", añadió al relato.

Semanas después, el entonces acusado le hizo insinuaciones sexuales y comentarios pasados de tono.

"En ocasiones se emborrachaba y llegaba a buscarme para decirme cosas como ‘hoy está muy rica', ‘qué rico pasarle la lengua por todo el lado', que ahora me iría a dejar y que nos íbamos a perder", mencionó.

Batalla sigue sin dar una respuesta a las comunicaciones que se hicieron con él para conocer su posición sobre el caso, sin embargo, en una publicación que hizo en su perfil de Facebook aseguró que lo había declarado inocente, cuando realmente no fue así.

"Como no pudieron sacar absolutamente nada malo en mi gestión pública, tuvieron que rebuscar en mi vida pasada, donde enfrenté un proceso, sí, pero donde los tribunales me declararon inocente de todo cargo", escribió Batalla.

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