Auditoría: Salud no cumple totalmente con ley de Contratación Pública
Auditoría asegura que afecta la transparencia

Archivo CRH
La Auditoría Administrativa Financiera del Ministerio de Salud indicó que esta institución cumple parcialmente con lo establecido en la Ley y el Reglamento de Contratación Pública en la compra de materiales, suministros y equipo. ¿Por qué se llega a esta conclusión?
Posterior a un análisis de contrataciones del año anterior, se concluyó que existen contrataciones, que no aparecen en el Programa de Adquisiciones del año 2023. Además, en los carteles o pliego de condiciones no se evidencia la solicitud de requisitos que permitan evaluar la capacidad financiera y operativa del contratista.
Otro aspecto que se suma al hecho de que las contrataciones públicas no se apegan totalmente a la ley es que, en ocasiones, antes del acto final, no se corrobora que el proveedor evaluado no cuenta con sanciones ni es posible ubicar el acta de recepción final en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP).
Resultados específicos
El órgano auditor determinó, con respecto a los expedientes de contrataciones del 2023, que en el 100% de los carteles revisados no se evidencian los requisitos sobre capacidad financiera y operativa. También, en el 100% no hay evidencia relacionada con sanciones y el 62% son las que no aparecen en el programa de adquisiciones.
En este contexto, es importante resaltar lo que se establece en la Ley General de Contratación Pública en el artículo 40 para comprender la razón por la que esto aleja al Ministerio de Salud de la legalidad.
El pliego de condiciones deberá establecer los requisitos de admisibilidad, los parámetros para verificar la calidad y contener un sistema de calificación de ofertas, siendo posible incorporar factores de evaluación distintos del precio, tales como plazo y calidad que, en principio, deben regularse como requisitos de cumplimiento obligatorio (…)
Mediante acto motivado, la Administración podrá solicitar las muestras que estime convenientes a fin de verificar la calidad de los bienes ofrecidos y, finalmente, entregados. En el pliego de condiciones se deberán indicar, de manera expresa, los estudios a los que se someterán las ofertas para determinar su elegibilidad, se establece en el artículo jurídico.
También, la ley solicita que antes del acto final, se verifique si la empresa que sería adjudicada ha sido sancionada con multas, apercibimiento o inhabilitación. Por otro lado, el artículo 31 pide que la administración dé a conocer el programa de adquisiciones proyectado en cada periodo presupuestario.
Sobre esto, la Proveeduría Institucional dijo que la valoración de la capacidad financiera le corresponde al solicitante de la compra definir los requisitos necesarios para sustentar y respaldar la escogencia del proveedor.
A raíz de esto, Miriam Calvo, subauditora interna de Salud, indicó que esto se debe a que la institución no cuenta con un reglamento o procedimiento interno que aclare "quién, cómo y en qué momento procesal se deben realizar todas las actividades descritas en la ley".
Según el informe, estos incumplimientos aumentan la probabilidad de que se contraten proveedores sin capacidad para cumplir con los objetivos de la contratación. De igual manera, no se garantiza la transparencia y trazabilidad al gestionar una contratación.