Proponen ley para rechazar indultos a condenados por corrupción
El jefe de fracción del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), Alejandro Pacheco, presentó un proyecto de ley que busca impedir el otorgamiento de indultos a personas condenadas por delitos de corrupción.
La iniciativa propone una reforma al artículo 90 del Código Procesal Penal.
"Con este proyecto de ley queremos reformar que, cuando se cometa un delito contra la Administración Pública o contra el Estado, utilizando recursos públicos, no se pueda otorgar el indulto. Que la persona tenga que cumplir la pena en prisión", afirmó el diputado Pacheco.
"Eso es lo que queremos: que esta figura jurídica, que me parece una alcahuetería si se aplicara en estos casos, no proceda para funcionarios públicos", añadió el legislador socialcristiano.
¿Qué es el indulto?
De acuerdo con el ordenamiento jurídico costarricense, el indulto "implica el perdón total o parcial de la pena impuesta por sentencia en firme, o bien su conmutación por otra más benigna, y no comprende las penas accesorias".
Este beneficio solo puede ser concedido por el Consejo de Gobierno, el cual, antes de resolver, debe solicitar el criterio del Instituto de Criminología.
Además, se consulta a la Corte Suprema de Justicia únicamente cuando la solicitud de indulto se fundamenta en una crítica a la sentencia judicial.
Actualmente, el indulto no procede para ciertos delitos contra los deberes de la función pública, según lo establecido en el Código Penal (Ley N.° 4573 del 5 de mayo de 1970 y sus reformas), como los siguientes:
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Cohecho propio
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Cohecho impropio
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Corrupción agravada
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Aceptación de dádivas por un acto cumplido
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Corrupción de jueces
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Penalidad del corruptor
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Enriquecimiento ilícito
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Negociaciones incompatibles
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Concusión
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Prevaricato
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Peculado
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Malversación
Con esta propuesta, se busca ampliar la prohibición del indulto a los delitos contemplados en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (Ley N.° 8422 del 4 de marzo de 2002 y sus reformas), entre ellos:
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Enriquecimiento ilícito
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Receptación, legalización o encubrimiento de bienes
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Legislación o administración en provecho propio
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Sobreprecio irregular
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Falsedad en la recepción de bienes y servicios contratados
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Pago irregular de contratos administrativos
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Tráfico de influencias
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Apropiación de bienes obsequiados al Estado
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Soborno transnacional
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Reconocimiento ilegal de beneficios laborales
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Influencia en contra de la Hacienda Pública
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Fraude de ley en la función administrativa
Ahora, la iniciativa deberá recibir un número de expediente y ser asignada a una comisión legislativa para su análisis.