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Patronos no podrán negar permisos a sus empleados por trámites en Ministerio de Trabajo

Por Gustavo Martínez | 11 de Oct. 2025 | 7:03 am
Fachada del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en San José. (Archivo | CRHoy.com)

Fachada del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en San José. (Archivo | CRHoy.com)

El Congreso de la República aprobó con 40 votos a favor, en segundo debate, el proyecto de ley que autoriza el otorgar permiso a los trabajadores para que puedan realizar gestiones administrativas ante el Ministerio de Trabajo, tal y como ya se procede para gestiones judiciales.

Se trata del expediente 23.142, impulsado por el diputado del Frente Amplio, Antonio Ortega.

Con la reforma, los patronos no podrán negar dichos permisos, ni rebajar salarios a sus empleados, en tanto se muestren la orden de citatoria.

Antonio Ortega, jefe de fracción del FA presentó la moción (CRH)

"Su patrono ya no podrá negarle estos permisos, ni mucho menos, hacerle un rebajo salarial. Con esta ley se conquistan más garantías laborales para las personas trabajadoras tanto para el sector público como para el sector privado. Solo necesita la firma del presidente de la República, para convertirse en ley", expresó el diputado Ortega.

"Esto es importante, ya que en el 2023 se gestionaron 498 denuncias por el no pago de aguinaldos a trabajadores. También es importante porque el Ministerio de Trabajo juega un rol relevante en la resolución de conflictos y también le ahora gastos al Poder Judicial y a las partes".

"Actualmente, este tipo de servicios solo se dan para gestiones judiciales y no para gestiones administrativas. Esto limita las garantías de las personas trabajadoras de poder realizar las gestiones necesarias ante el ministerio que vela por sus derechos laborales", añadió el frenteamplista.

Además, este proyecto "actualiza la legislación costarricense acorde a la realidad del país y busca garantizar la paz social".

Con la modificación, se amplía el derecho de las personas a ausentarse de sus labores, no solo para comparecer como testigos o participar en diligencias judiciales, sino también para realizar trámites personales ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, o asistir a procesos disciplinarios en el ámbito de la Administración Pública.

Previo a la reforma, el Código de Trabajo únicamente contemplaba permisos laborales para comparecer como testigo o participar en diligencias judiciales.

Ahora el texto pasa al Poder Ejecutivo para su firma y publicación oficial como Ley de la República.

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