¿Cuál es la diferencia entre una “pasada” policial y una causa penal?

18 de May. 2026 | 10:41 am

Las "pasadas" policiales son un concepto distinto al de una causa judicial. No necesariamente equivalen a antecedentes penales. El Ministerio Público precisó que, en el ámbito policial, el término "pasadas" se utiliza para referirse a abordajes o intervenciones realizadas por la Fuerza Pública en situaciones que no necesariamente constituyen un delito o una contravención.

Por ejemplo, pueden tratarse de episodios relacionados con embriaguez o consumo de licor en vía pública, alteración del orden público o portación de pequeñas cantidades de droga para consumo personal. Las pasadas quedan registradas en bitácoras de la policía administrativa, pero, como no siempre se trata de hechos delictivos, no todos esos casos son remitidos ante las fiscalías para la formulación de cargos.

El término cobró relevancia luego de que la presidenta de la República, Laura Fernández Delgado, asegurara que uno de los sospechosos de balear a dos policías en Batán de Limón —hecho en el que falleció uno de ellos— tenía "29 pasadas". Esto generó una ola de críticas hacia el Poder Judicial, pues se cuestionó cómo una persona con "tantos antecedentes penales" se encontraba en libertad, cuando en realidad se trata de términos completamente distintos.

En su revisión, la Fiscalía precisó que los tres sospechosos apellidados Menocal, Vílchez y Mora acumulan seis causas judiciales y que ninguno registra procesos por delitos contra la vida. Los tres hombres cumplirán seis meses de prisión preventiva por su presunta participación en el homicidio de Gerson Rosales Cascante, oficial de la Fuerza Pública que recibió un balazo en la cabeza. Además, se les vincula con los delitos de tentativa de homicidio, asociación ilícita y portación ilícita de arma permitida.

Explicación de un exjuez

David Hernández, exjuez de la República, precisó que usualmente se asocian las "pasadas" con detenciones por la supuesta comisión de un delito. Sin embargo, esto no necesariamente es así. Las pasadas son anotaciones que hace la policía en sus archivos digitales y obedecen a múltiples causas, que pueden constituir o no delitos, como impago de pensión, escándalos en vía pública o casos de violencia doméstica.

Por ello, algunas "pasadas" quedan únicamente a nivel policial y la persona detenida es puesta en libertad. Otras llegan al Ministerio Público, pero la prueba no resulta lo suficientemente sólida para generar un juicio de probabilidad. En esos casos, el fiscal deja en libertad a la persona detenida y posteriormente solicita una desestimación o un sobreseimiento por falta de pruebas. Asimismo, otros expedientes superan esa etapa de análisis y la Fiscalía solicita la apertura a juicio. Es decir, el fiscal consideró que existían pruebas suficientes para llevar el caso a debate.

Hernández recalcó que no son las "pasadas" las que determinan si una persona debe ser condenada. Eso depende de las conductas contempladas en las leyes penales, las cuales abarcan no solo las disposiciones del Código Penal, sino también muchas leyes especiales, como la Ley Forestal, la Ley de Conservación de la Vida Silvestre y la Ley de Armas, entre otras.

El exjuez considera que, si se busca mayor transparencia con los costarricenses, lo correcto sería indicar cuántas de esas pasadas quedaron únicamente a nivel policial, cuáles llegaron a la Fiscalía, cuáles avanzaron hasta los tribunales de justicia y cuál fue la resolución final en cada caso.

"No son las 'pasadas' las que determinan el funcionamiento del Poder Judicial en materia penal ni sus decisiones. Son la acción delictiva y la prueba, que pasan por múltiples análisis. Eso responde a un Estado democrático, en el que la libertad de todos los ciudadanos es fundamental", recalcó Hernández.

"¿Ven que no es tan simple decirle al pueblo costarricense que fue pasado 29 veces para luego crear en la mente de los ticos que es culpa del Poder Judicial? De verdad, sea honesta, presidenta; no les mienta a los costarricenses y no se aproveche del dolor ajeno", concluyó el exjuez.

Causas judiciales de los sospechosos de asesinar a policía

Menocal figura como imputado en un caso por robo agravado, en el cual se planteó una solicitud de sobreseimiento definitivo el 31 de octubre de 2025. El expediente fue tramitado en la Fiscalía de Batán.

Vílchez figura como imputado en dos causas por maltrato contra mujeres y una por incumplimiento de medida de protección. En los casos por maltrato se plantearon solicitudes de desestimación el 30 de junio de 2025 y el 12 de octubre de 2023, respectivamente. En cuanto al expediente por incumplimiento de medida de protección, se solicitó el sobreseimiento el 31 de julio de 2019. Todos los casos fueron tramitados en la Fiscalía de Batán.

Por su parte, Mora figura como imputado en una causa por robo agravado y almacenamiento de droga, la cual ya cuenta con apertura a juicio, así como en otra por receptación, desestimada desde el 14 de marzo de 2024.

La Fiscalía precisó que los casos concluidos con desestimación o sobreseimiento se resolvieron de esa manera debido a que la prueba recabada durante la investigación no permitió sustentar una acusación.

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